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RECOMENDACIONES
Decálogo del Tránsito (para conductores)
1) PEATONES.
En los cruces (zonas de seguridad), los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos para el cruzamiento de la calzada. Debe respetarse el uso de la calzada por los peatones para el ascenso y descenso de vehículos; cuando no es transitable la vereda o cuando transportan bultos de gran tamaño.
2) SEÑALIZACIONES.
Donde haya semáforos o funcionarios policiales, deben respetarse estrictamente sus indicaciones. En todos los casos, debe ponerse especial atención a las señalizaciones fijas y obrar siempre de acuerdo a lo que ellas indican.
3) PREFERENCIAS.
El vehículo que aparece a la derecha tiene preferencia de paso sobre todos los que aparecen a su izquierda. Los vehículos que circulan por vías de tránsito preferenciales tienen prioridad de paso sobre los que cruzan o entran en ellas. El vehículo que siguen en línea recta tiene preferencia de paso sobre los que cambian el sentido de la marcha.
4) VELOCIDAD.
Debe conducirse a velocidad reglamentaria (45 km. en general, salvo excepciones), conservando en todo momento el dominio del vehículo y guardando una distancia prudencial con el vehículo que circula adelante. Debe reducirse la velocidad al paso del peatón en las escuelas; donde haya aglomeración de vehículos o personas; en las ferias; al entrar en las vías de preferencia y al doblar.
5) CIRCULACIÓN.
No se puede adelantar a otro vehículo por la derecha del mismo, ni en una vía de dos carriles con tránsito en doble sentido. Solo es permitido hacerlo por la izquierda y siempre que aquel a su vez no esté adelantando a otro. No debe sobrepasarse el eje de la calzada al acercarse a los cruces o en vías cuya inclinación impida la visibilidad; en otros casos puede hacerse, pero solo por imperiosa necesidad y retomando de inmediato la mano propia. No debe circularse haciendo eses o curvas innecesarias o molestando de algún modo a los otros conductores. El vehículo que circula a menor velocidad debe hacerlo por la derecha de su mano; el que circula a mayor velocidad debe hacerlo por la izquierda de su mano.
6) TOXICOS.
No se puede ni debe conducir habiendo consumido alcohol, estupefacientes o cualquier droga que altere el equilibrio psicomotriz. El conductor que maneja vehículos que exijan libreta profesional debe registrar 0 gr. de alcohol. Los demás conductores pueden tener hasta 0.3 gr.
7) ACCIDENTES.
En caso de accidente debe detenerse de inmediato, auxiliar a las víctimas procurando su pronta asistencia y dar cuenta a la autoridad policial respectiva.
8) ESTACIONAMIENTO.
Los vehículos deben ser estacionados solamente en los lugares permitidos y de modo que no obstaculicen el tránsito. De noche, deben tener las luces de estacionamientos encendidas. En caso de accidente o reparación urgente, debe colocarse una baliza.
9) MANTENIMIENTO.
El vehículo debe ser mantenido en buen estado de funcionamiento, especialmente en cuanto a luces, frenos, señalero de cambio de marcha, caños de escape y espejo retrovisor, dirección, cubiertas, limpiaparabrisas, paragolpes y bocina.
10) DOCUMENTACIÓN.
Debe mantenerse en regla la documentación del rodado y llevar siempre los siguientes documentos: Cédula de Identidad, Licencia de Conducir, y Libreta del vehículo. Respete a las autoridades policiales y municipales y exhíbales aquellos documentos siempre que se lo soliciten.